FACUA Cádiz reclama a la Unión de Hermandades de Jerez que no penalice a los usuarios que pidan el reembolso de los abonos de la carrera oficial de la Semana Santa. La asociación considera ilegal que la entidad les exija renunciar a un 17% de la cantidad que pagaron para que puedan segur disfrutando de las plazas que vienen ocupando durante años.
El pasado 7 de julio, dos meses después de que se adoptara la decisión de suspender las procesiones de la Semana Santa como consecuencia de la crisis del Covid-19, la Unión de Hermandades de Jerez ha emitido un comunicado en el que anuncia que ofrece a los abonados la opción de utilizar el importe de este año para la renovación del abono para 2021 o recuperar el dinero.
En este último caso, sin embargo, la entidad ha indicado que los usuarios pierden su derecho a seguir disfrutando de la plaza que tienen asignada -algunos desde hace años- a menos que acepten una disminución en el reembolso del 17% para destinarla, según ha señalado, a «gastos». El plazo para solicitar la devolución del dinero se inició el pasado 22 de junio y acaba el próximo día 3 de julio.
Tras este anuncio de la Unión de Hermandades, numerosos abonados han contactado con FACUA Cádiz para consultar la legalidad de estos términos que se han establecido para la devolución y, al mismo tiempo, manifestar su discrepancia y malestar con las condiciones impuestas.
En este sentido, la asociación considera abusivo que los usuarios, para poder seguir disfrutando de la plaza asignada, tengan que renunciar a recuperar el importe total abonado. Así, FACUA Cádiz indica que esta imposición supone una limitación al ejercicio del derecho que les reconoce la normativa.
En concreto, el artículo 15 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, establece como un derecho de los espectadores y asistentes «la devolución, en los términos que reglamentariamente se determinen, de las cantidades satisfechas por la localidad o billete y, en su caso, de la parte proporcional del abono cuando el espectáculo sea suspendido o sea modificado en sus aspectos esenciales, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que, conforme a la legislación civil o mercantil, pudieran plantear».
Al mismo tiempo, la asociación recuerda que el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, califica como abusivas aquellas cláusulas que «que impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de sus derechos, o que supongan cualquier renuncia o limitación al ejercicio de dichos derechos».
FACUA Cádiz también critica que, tras retrasar más de dos meses la decisión de devolver el dinero, ahora se conceda a los usuarios un plazo de tan sólo doce días para solicitarlo. En su comunicado, la Unión de Hermandades de Jerez no aclara qué puede ocurrid con aquellos usuarios que, por diferentes motivos, no puedan plantear su petición dentro del plazo señalado y lo hagan posteriormente.
Por todo ello, la asociación de consumidores se ha dirigido a la entidad para reclamarle que rectifique su decisión, de forma que no imponga a los usuarios que opten por el reembolso del dinero el pago de una penalización del 17% en caso de querer seguir disfrutando de la plaza asignada.
Paralelamente, FACUA Cádiz también ha reclamado al Ayuntamiento de Jerez que inste a la Unión de Hermandades a rectificar su decisión y que, en caso de que no lo haga, sancione a la entidad, tal y como recoge la normativa. El artículo 29 de la Ley 13/1999 establece sanciones para las infracciones leves y graves que pueden alcanzar los 30.050,61 euros cuanto el espectáculo o la actividad recreativa en cuestión se encuentre sometida a los medios de intervención municipal.