El Ayuntamiento ha publicado el Bando de medidas especiales para la ocupación de la vía pública y la regulación y ampliación de horarios en establecimientos de hostelería durante la Semana Santa, que como cada año, tiene como objeto regular la actividad del sector y compatibilizarla con las previsiones de afluencia de personas en calles y plazas de Jerez durante este evento. El bando puede consultarse en la página web del Ayuntamiento, en la sección de Urbanismo.
Con este fin, el Bando dispone que, al amparo de la normativa que regula los horarios de apertura y cierre de establecimientos públicos en Andalucía, se faculta a bares, cafeterías, restaurantes o bares con música a que del 9 al 16 de abril puedan ampliar su horario de cierre dos horas más sobre los horarios generales establecidos.
Como novedad este año, el bando tiene en cuenta el procedimiento de Declaración de Zonas Acústicamente Saturadas que se está tramitando desde Urbanismo, y en el que se encuentran incluidas la calle San Pablo, parte de calle Caballeros y las plazas del Clavo y Vargas. En este sentido, los establecimientos situados en estas zonas no podrán acogerse a esta medida de ampliación de horarios. Como explica el teniente de alcaldesa de Urbanismo, Dinamización Cultural, Patrimonio y Seguridad, Francisco Camas, “estos espacios están en trámite de ser considerados como ZAS y según establece la normativa, no se podrán poner en marcha medidas que supongan incrementar los niveles de ruido ambiental ya existentes”.
El teniente de alcaldesa ha recordado que el procedimiento de Declaración de ZAS se inició a instancias de particulares y vecinos afectados que demandaban medidas para paliar el elevado ruido ambiental provocado por actividades recreativas y aglomeraciones de personas en determinados espacios públicos. Así pues, como recuerda el teniente de alcaldesa, “hemos iniciado este procedimiento cumpliendo con nuestra obligación de atender estas peticiones y tratando, en la medida de lo posible, de conciliar el derecho al descanso con la actividad económica”.
Por otro lado, el Bando establece que la autorización excepcional de veladores durante Semana Santa se ajustará a lo dispuesto en la ordenanza municipal reguladora de la instalación de veladores, que está disponible en www.urbanismo.jerez.es. La solicitud de veladores podrá presentarse hasta el 17 de marzo en la sede del Área de Urbanismo (edificio Los Arcos, Plaza del Arenal) y deberá de acompañarse de la documentación requerida en la citada ordenanza. Igualmente, y por los mismos motivos expuestos, se excluye de esta autorización excepcional las zonas en tramitación de Declaración de ZAS.
Por otro lado, y “siempre con el objetivo de facilitar la convivencia y priorizar el interés general durante la Semana Santa”, en palabras de Francisco Camas, el Bando establece que no se autorizará la venta al público en establecimientos que, de manera provisional, y durante la Semana Santa, pretendan desarrollar la actividad de venta de bebidas y alimentos, así como la venta directa a la vía pública desde los huecos de los locales, abiertos de forma puntual a modo de barras o mostradores.
Asimismo, el Bando regula también la ocupación en la vía pública de forma que no se obstaculice el normal desarrollo de la Semana Santa; de esta forma, especifica que desde el sábado 8 de abril hasta el domingo 16 de abril deberán retirarse de calles y plazas por las que transcurren las procesiones todo tipo de andamios, contenedores o cualquier material de obra, así como cualquier otro tipo de elementos como rótulos o toldos que puedan obstaculizar el paso. Aquellos andamios de mayor envergadura o complejidad se podrán mantener siempre que queden debidamente adecentados y asegurados.